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Buzón roto en comunidad: ¿quién paga la reparación? | Ges Seguros

Escrito por Ges Seguros | 7/6/22 9:17 AM

 

Respuesta rápida

Si se rompe un buzón, por norma general paga la comunidad cuando el daño afecta al conjunto de buzones o deriva de un siniestro en zonas comunes (vandalismo, incendio o agua). Si el desperfecto es puntual y solo afecta a un buzón por uso o rotura aislada, suele asumirlo el propietario. Con GesComunidades, un Agente GES puede revisar el origen del daño y confirmar si responde el seguro comunitario o la póliza del vecino.

En este artículo aprenderá

  • Si el buzón es común o privativo: por qué suele considerarse un elemento común de uso privativo y cómo esa "doble naturaleza" cambia quién paga.

  • Cuándo paga la comunidad de propietarios: si el daño afecta a varios buzones, al bloque completo o viene de un siniestro en el portal, lo habitual es que lo gestione la comunidad.

  • Cuándo paga el propietario del buzón: si solo está dañado un buzón por rotura aislada o mantenimiento, lo normal es que lo asuma el vecino titular.

  • Qué seguro puede cubrir la reparación: cuándo responde el seguro comunitario (siniestro/vandalismo) y cuándo podría intervenir el seguro de hogar del propietario si contempla anexos o elementos fuera de la vivienda.

Tiempo: 4 min
Nivel: Básico
Para: Vecinos, presidentes y administradores


Seguramente nunca te habías planteado si tu buzón es realmente tuyo o si se considera un elemento común. Hasta que un día aparece roto y, entonces, te asaltan las dudas: ¿Paga la comunidad el buzón roto? ¿Es un bien común? ¿O es responsabilidad de cada vecino?

Lo cierto es que estas preguntas pueden ser más difíciles de resolver de lo que piensas, pero en este artículo vamos a intentar explicar quién debe responsabilizarse del arreglo o reposición cuando aparece un buzón roto.

 

Buzón roto en una comunidad de vecinos: ¿de quién es la responsabilidad?

 

Es habitual que un buzón roto genere muchas dudas. Al fin y al cabo, se trata de un elemento que se sitúa en una zona común (habitualmente, el portal) pero cuyo uso es restringido, es decir, se hace un uso privativo de cada uno de los buzones. ¿Qué dicen las normativas al respecto?

En primer lugar, la normativa establece que la instalación de buzones es obligatoria. Ya el Decreto 97/1962 obligaba a la instalación de estos elementos en los portales. Más tarde, la Ley de Edificación también lo considera un requisito para obtener la habitabilidad del inmueble. 

A pesar de que los buzones son de instalación obligatoria, la Ley de Propiedad Horizontal, que es la encargada de regular los espacios y servicios comunes de cualquier inmueble de una comunidad de propietarios, no los contempla en ninguno de sus artículos.  

Por otro lado, artículo 396 del Código Civil ofrece una relación de lo que se pueden considerar elementos comunes de un inmueble, nombrando las fachadas, los contadores, el portal, los porteros automáticos, los ascensores, los patios o las antenas colectivas, entre otros… pero no nombra explícitamente a los buzones en ningún momento.

 

Entonces, ¿paga la comunidad un buzón roto?

 

Por su ubicación en una zona común y el carácter obligatorio de su instalación, los buzones se consideran elementos comunes

Eso sí, cada propietario tiene uso exclusivo de su buzón, lo que hace que éste tenga también carácter privativo. 

Por tanto, la comunidad de propietarios debe responsabilizarse de la instalación de los buzones, de los daños que sufren los buzones colectivamente y de la reposición o reparación del conjunto de buzones. Sin embargo, cada uno de los vecinos es responsable de mantener en buen estado su buzón.

Así, por norma general, los daños que afecten a más de un buzón serían responsabilidad de la comunidad de propietarios, por lo que se encargaría su seguro. En cambio, si solo aparece un buzón dañado repentinamente, es el propietario quien debe encargarse, así como asumir los gastos ordinarios de conservación y mantenimiento.

 

¿El seguro cubre la reparación de un buzón roto?

 

Si varios buzones de la comunidad aparecen repentinamente quemados, pintarrajeados o rayados, el seguro de la comunidad de propietarios se encargaría de cubrir los daños causados por estos actos vandálicos. También actuaría si los daños son provocados por incendios, agua o explosiones. Es decir, si hay un siniestro

Si los daños no han sido provocados por un incidente, sino que son fruto del desgaste y el tiempo, todavía queda la posibilidad de que el seguro de la comunidad pueda encargarse de la reparación si la póliza incluye un servicio de ‘manitas’ para este tipo de reparaciones.

Por otro lado, si aparece un único buzón roto, la póliza individual del propietario podría asumir los daños, siempre y cuando en el condicionado del seguro se comprendan las instalaciones anexas situadas fuera de la vivienda particular.

Si te encuentras en este último caso, nada mejor que llamar a tu agente de seguros para que te saque de dudas. 

 

Preguntas frecuentes sobre buzón roto en una comunidad de vecinos