Al contratar un seguro de vida, conviene tener claro quiénes serán los beneficiarios de un seguro de vida: las personas que recibirán la indemnización si se produce el fallecimiento del asegurado. En este artículo vamos a aclarar si es obligatorio especificarlos, cómo se designan y qué sucede si no se indica ninguno, para que puedas tomar la decisión con criterio desde el primer momento.
Al elegir al beneficiario de tu seguro de vida, es fundamental considerar quién necesitará apoyo financiero cuando ya no estés presente. Debes pensar en las personas que dependen de ti y de tus ingresos.
El tomador del seguro, quien contrata y paga las primas del seguro de vida, es responsable de designar al beneficiario o beneficiarios.
En este punto, es importante distinguir entre el tomador del seguro y la persona asegurada, ya que no siempre son la misma persona (por ejemplo, si una persona paga el seguro de vida que cubre a su cónyuge). Aunque normalmente es el tomador quien nombra a los beneficiarios, en este caso también puede acordarse quién de los dos, el tomador o el asegurado, tiene la capacidad de nombrar o modificar al beneficiario.
Los seguros de vida colectivos (como los que ofrecen algunas empresas a sus empleados) son la excepción, ya que siempre son los asegurados los que designan a sus beneficiarios.
Cualquier persona física o jurídica puede ser designada como beneficiaria de un seguro de vida. Aunque los familiares son los beneficiarios más comunes, también se pueden designar como tales a amigos, instituciones, organizaciones sin ánimo de lucro, socios comerciales o incluso al banco, en el caso de seguros de vida vinculados a préstamos e hipotecas. No es necesario que los beneficiarios sean herederos legales o miembros de la familia.
Únicamente existen algunas restricciones relacionadas con los menores de edad, ya que no pueden ser beneficiarios directos, sino que su tutor legal debe asumir ese rol hasta que alcancen la mayoría de edad.
Además, es importante tener en cuenta que, en algunos casos, la misma persona asegurada puede ser también su propio beneficiario. Esto ocurre en seguros que, además de por fallecimiento, ofrecen cobertura por incapacidad permanente o enfermedades graves.
En el caso de los seguros de vida vinculados a préstamos, es recomendable escoger un seguro flexible que permita incluir al banco como beneficiario, pero solo por el monto pendiente del préstamo en cada momento. Esto reducirá el capital asegurado y, por consiguiente, los costes asociados. Además, si se aseguran capitales superiores al importe del préstamo, se pueden incluir como beneficiarios también a los familiares.
No se requiere el consentimiento de los beneficiarios para designarlos en el seguro de vida, pero es recomendable que estén al tanto de la situación y que sepan dónde se encuentra la póliza para que, en caso de siniestro, puedan reclamar la indemnización que les corresponde.
En todo caso, hoy en día el ‘Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento’, dependiente del Ministerio de Justicia, facilita que cualquier posible beneficiario pueda constatar la existencia de un seguro de vida, una vez fallecida la persona, y ponerse en contacto con la compañía aseguradora.
La elección del beneficiario de un seguro de vida es una decisión que puede tomarse al momento de contratar la póliza, lo cual se recomienda encarecidamente. Sin embargo, también es posible hacerlo posteriormente a través del testamento.
Es importante destacar que la designación de beneficiarios de la póliza de vida puede ser modificada en cualquier momento mientras la póliza esté en vigor.
Cuando la designación de beneficiarios se realiza en la póliza, es habitual encontrar fórmulas genéricas de parentesco (como hijos, padres, cónyuge) o mencionar simplemente "herederos legales".
No obstante, se recomienda designar a los beneficiarios de manera expresa, indicando los nombres y apellidos de los beneficiarios, con el fin de ahorrar incertidumbres y retrasos en el proceso. Esto evita tener que esperar la designación de herederos y la liquidación del impuesto de sucesiones y donaciones para poder reclamar la indemnización.
Así, al nombrar de forma explícita a los beneficiarios, se garantiza un mayor respeto hacia los deseos del asegurado, tanto en la identificación de las personas beneficiarias como en la proporción de distribución entre ellas.
Si no se ha designado un beneficiario y no se ha establecido una fórmula genérica para determinarlos, el capital asegurado del seguro de vida pasará a formar parte del patrimonio del tomador y se incluirá en su herencia. Será distribuido, al igual que el resto de su patrimonio, entre los herederos designados en el testamento o los familiares directos del asegurado.
Es de suma importancia designar correctamente a los beneficiarios de un seguro de vida para asegurarse de que las personas a las que deseas proteger tengan un acceso rápido y sencillo al capital asegurado en caso de que ocurra algo.
Tu agente de seguros puede ayudarte a configurar y gestionar un seguro de vida para asegurarte de que tus seres queridos estén protegidos de manera óptima. En Ges Seguros, sabemos que designar cuidadosamente a los beneficiarios es una forma de brindarles la tranquilidad y seguridad que se merecen.