Protegerse ante los siniestros más habituales en comunidades de vecinos debe ser una prioridad para mantener del edificio y la tranquilidad de los residentes y propietarios. Una protección que debe comprenderse desde un punto de vista amplio y que puede incluir multitud de medidas, desde la contratación de un seguro para comunidad de propietarios ajustado a sus necesidades, hasta establecer protocolos de mantenimiento y revisión con regularidad.
Resulta frecuente que surjan dudas sobre cómo actuar frente a siniestros en comunidades de vecinos (por ejemplo, ¿un buzón roto lo paga la comunidad?). Pero quizás un primer paso fundamental deba ser el plantearse cómo proteger a la comunidad frente a los siniestros más habituales.
A continuación, analizamos los percances más frecuentes y cómo prevenirlos, abordando también cómo contar con un seguro para comunidad de propietarios puede servir como protección adicional.
¿Qué siniestros son frecuentes en una comunidad de propietarios?
Daños por agua
Los daños por agua se encuentran entre los siniestros más habituales en las comunidades de propietarios. En 2024, dos terceras partes de los percances registrados en comunidades estuvieron relacionados con goteras o problemas en bajantes y conducciones de agua según UNESPA.
Cuando se haya contratado la garantía correspondiente, estos daños pueden quedar cubiertos dentro de los límites y condiciones establecidos en la póliza, comprendiendo daños provocados por roturas de tuberías, fugas, filtraciones o atascos que pueden provocar daños de diversa gravedad a la propiedad. Este tipo de problema es también fuente común de dudas respecto a quién paga (comunidad o vecino) ante daños por agua, aplicando la siguiente regla general: la responsabilidad del pago dependerá de dónde se deriva la causa del daño, dependiendo de si la causa se identifica con elementos comunes o privativos. Además, la intervención del seguro dependerá de las garantías contratadas y del origen concreto del daño.
Daños en zonas comunes
Más allá de los causados por agua, existen otros tipos de siniestros que pueden afectar a zonas comunes. Entre los posibles siniestros encontramos daños en cubiertas, incendios, fenómenos atmosféricos, daños eléctricos o roturas de cristales, cuya cobertura dependerá de las garantías contratadas.
Responsabilidad civil
La responsabilidad civil en una comunidad de propietarios implica la posibilidad de que aparezcan reclamaciones por daños personales o materiales causados a terceros producidos en las zonas comunes o derivados de responsabilidades de la comunidad de propietarios.
Pueden citarse como ejemplos de siniestro aquí caídas en escaleras o zonas comunes por mal estado del suelo o por iluminación deficiente o golpes por desprendimientos de elementos de la fachada, entre otros, que pueden quedar cubiertos de acuerdo a las garantías contratadas y los límites y exclusiones establecidos en la póliza. Sin embargo, es vital tener en cuenta que no siempre que se produzca un daño a un tercero habrá cobertura automática. Por ejemplo, si el siniestro ocurre porque no ha existido un mantenimiento adecuado de las instalaciones por parte de la comunidad, no habrá cobertura para esos daños.
¿Cómo prevenir los siniestros más comunes en comunidades de propietarios?
Algunas de las principales medidas incluyen:
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Revisiones periódicas: sistemas eléctricos, tuberías y fontanería, ascensores, fachadas, tejados y todo tipo de elementos comunes deben quedar sujetos a revisiones periódicas para poder atajar posibles defectos a tiempo y reducir el riesgo de siniestros y averías graves.
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Mantenimiento: a la par que revisiones, deben realizarse las intervenciones de mantenimiento necesarias. Se incluyen aquí limpieza de tuberías, sustituciones de posibles elementos eléctricos con mayor riesgo…
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Seguimiento de medidas de seguridad: debe garantizarse que la comunidad cuenta con las medidas de seguridad adecuadas, incluyendo señalización, iluminación adecuada y equipos extintores, entre otros.
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Revisión del seguro para comunidad de propietarios: si no se cuenta con este tipo de póliza, conviene valorar su contratación con coberturas adaptadas a las necesidades del edificio. Para quienes ya cuentan con una póliza, es recomendable verificar de forma periódica que las coberturas y los capitales asegurados son suficientes y adecuados para los riesgos que enfrenta la comunidad.
¿Qué papel juega el seguro de comunidad de propietarios en la prevención?
Las coberturas contratadas en un seguro de comunidad de propietarios pueden ofrecer protección frente a distintos siniestros habituales y, dependiendo de las garantías contratadas y atendiendo a posibles límites y exclusiones, otras casuísticas que afectan a las zonas comunes.
Por ejemplo, cuando se haya contratado la garantía de daños por agua correspondiente, el seguro puede cubrir, dentro de sus límites, la localización de la avería, la reparación puntual de la rotura que origina el siniestro y la restauración de los daños materiales directos causados por el agua, así como posibles labores de desatasco. Igualmente, un seguro para comunidad de propietarios puede intervenir para ofrecer indemnizaciones ante incendios u otros incidentes, siempre sujeto a las condiciones específicas contratadas en la póliza y según las garantías contratadas.
En este sentido, la cuestión sobre contratar un seguro para comunidad de propietarios debe ir más allá de si es obligatorio contar con un seguro de comunidades o no, considerando también el papel protector que este tipo de póliza puede desempeñar.
En este sentido, contar con asesoramiento personalizado permite comprender las coberturas disponibles, sus condiciones y posibles exclusiones, eligiendo la póliza que mejor se adapte a cada situación.
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Preguntas frecuentes sobre los siniestros en comunidades de vecinos
Más allá de pasillos, piscinas, escaleras o rellanos, el listado de las zonas comunes del edificio puede llegar a ser muy amplio.
El Código Civil en su artículo 396 nombra como zonas comunes el suelo, cimentaciones y cubiertas; elementos estructurales y, entre ellos, los pilares, vigas, forjados y muros de carga o las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración. También serían zonas comunes los elementos de cierre y revestimientos exteriores, el portal, las escaleras, porterías, corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos y los recintos destinados a ascensores, depósitos, contadores, telefonías o a otros servicios o instalaciones comunes, incluso los que son de uso privativo.
Además, son zonas comunes del edificio los ascensores y las instalaciones, conducciones y canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, incluso las de aprovechamiento de energía solar; las de agua caliente sanitaria, calefacción, aire acondicionado, ventilación o evacuación de humos, las de detección y prevención de incendios las instalaciones de portero electrónico y otras de seguridad del edificio, así como las de antenas colectivas y demás instalaciones para los servicios audiovisuales o de telecomunicación, todas ellas hasta la entrada al espacio privativo. Igualmente, son zonas comunes las servidumbres y cualesquiera otros elementos materiales o jurídicos que por su naturaleza o destino resulten indivisibles.
Fuentes de respaldo
Boletín Oficial del Estado (BOE)
- Contexto: Base legal fundamental referenciada en el artículo, donde se enumeran de forma exhaustiva los elementos que por naturaleza o destino se consideran zonas comunes de un edificio (suelo, vuelo, cimentaciones, elementos estructurales, fachadas, etc.), independientemente de su uso privativo.
- Recurso: Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil (Artículo 396)
Boletín Oficial del Estado (BOE)
- Contexto: Marco normativo que regula los derechos, obligaciones y acuerdos de las comunidades de propietarios, estableciendo la responsabilidad de la comunidad en el mantenimiento y conservación de los elementos y servicios comunes del inmueble.
- Recurso: Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal

