El seguro de responsabilidad civil profesional no se exige en todos los sectores, ni para todos los profesionales, pero puede ser un auténtico salvavidas para muchos autónomos, empresarios y trabajadores. Por eso, en este artículo te explicamos qué cubre este seguro, quién debe suscribirlo obligatoriamente y a quién le conviene contratarlo, aunque no sea una obligación.

 

¿Qué cubre un seguro de responsabilidad civil profesional?

 

La responsabilidad civil profesional es la obligación de reparar un daño producido por un error u omisión cometido en el ejercicio de una profesión. Así, el seguro de responsabilidad civil profesional responde ante los fallos o negligencias que se puedan cometer durante el desarrollo de la actividad profesional, ofreciendo una compensación económica por los daños que se puedan causar a un tercero, ya sean personales, materiales o económicos.

Cualquier tercero que se vea perjudicado por una actuación profesional puede reclamar, y el seguro de responsabilidad civil profesional responderá, tanto cubriendo la defensa jurídica como las posibles indemnizaciones (hasta el máximo acordado en la póliza). De lo contrario, el profesional deberá responder con su patrimonio.

Por ejemplo, este seguro cubriría una negligencia médica o se encargaría de indemnizar a los perjudicados de una construcción que se cae debido a que los materiales escogidos no son los adecuados.

La responsabilidad civil profesional cubre, como decimos, negligencias por error o omisión, pero no cubre infracciones deliberadas, ya que esto podría constituir un delito penal.

 

¿Cuándo es obligatorio el seguro de responsabilidad civil profesional?

 

Para ciertas profesiones, sí es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil profesional. Algunas de éstas son:

  • Administradores concursales.
  • Profesionales del sector financiero.
  • Personal sanitario, como médicos, enfermeros, fisioterapeutas y otros profesionales del ámbito sanitario privado.
  • Abogados.
  • Peritos.
  • Corredores de seguros.
  • Agencias de viajes.
  • Empresas y asociaciones dedicadas a la celebración de espectáculos artísticos y actividades de ocio.
  • Gestores de instalaciones deportivas.
  • Empresas de transporte de personas.
  • Autónomos de restauración y hostelería.
  • Cuidadores infantiles.
  • Arquitectos, promotores y constructores: se trata de una caso especial, ya que según la Ordenación de la Edificación (LOE) deben suscribir un seguro por daños pero el de responsabilidad civil profesional no es legalmente obligatorio. Algunas comunidades autónomas sí contemplan la obligatoriedad de este seguro para profesionales como arquitectos o ingenieros.

 

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Aunque, como ves, los seguros de responsabilidad civil profesional no son obligatorios para todas las profesiones, resultan recomendables en muchos casos, ya que las indemnizaciones que se pueden llegar a pagar por alguna negligencia ascienden a miles de euros.

Como profesional, eres responsable legalmente de los daños causados por tu negligencia o error, aunque no estés obligado a contar con un seguro. Por eso, si tienes una profesión en la que un despiste puede acarrear grandes consecuencias y no quieres correr el riesgo de asumir los costes con tu patrimonio, te conviene un seguro de responsabilidad civil profesional.

 

Si soy asalariado… ¿Me cubre el seguro de responsabilidad civil profesional de la empresa?

 

De forma habitual, la empresa contrata un seguro de responsabilidad civil que cubre las actividades profesionales de sus empleados, pero hay ciertas profesiones de riesgo en las que es conveniente igualmente contar con un seguro particular. 

De hecho, en algunas empresas, como las de arquitectura, es habitual poner la contratación de un seguro como condición para obtener el empleo y algunos colegios profesionales exigen lo mismo a la hora de colegiarse.

Ten en cuenta que la responsabilidad de los profesionales es personal y, cuando se trabaja por cuenta ajena, el reclamante puede reclamar a la empresa, al profesional o a ambos.

También puede darse el caso de que te cambies de empresa y el seguro de responsabilidad civil profesional de la empresa no cubra a ex-trabajadores, o que la empresa haya cerrado o haya dejado de pagar las primas.

Por eso, reiteramos que en profesiones en las que un error puede causar grandes daños (químicos, ingenieros, directivos y un largo etcétera), es conveniente que se contrate un seguro de este tipo, incluso si no existe la obligación. 

Una póliza de responsabilidad civil profesional también da tranquilidad a quienes contratan los servicios, dado que si se comete una negligencia que daña su patrimonio, tiene la certeza de que la compañía aseguradora del profesional cumplirá con su parte.

Los seguros de responsabilidad civil profesional son cada vez más demandados, debido tanto al aumento de la siniestralidad como a que cada vez más empresas tecnológicas los están solicitando. Según los datos de ICEA, acaparan ya el 21,2% del total de primas del ramo y el 8,93% de las pólizas.

Si necesitas un seguro para cubrir tu negocio, te recomendamos que consultes con un agente de seguros. Te ayudará a elaborar una póliza que se amolde a las necesidades concretas de tu actividad profesional, ya que no asume los mismos riesgos una abogado, un administrador de fincas, una consultora de marketing o el gestor de un restaurante.