Si te preguntas qué cubre un seguro de accidentes, en términos generales esta póliza ofrece una indemnización con un capital pactado cuando el asegurado fallece por un accidente (una causa violenta, súbita, externa y ajena a su intencionalidad) y, además, puede protegerte en situaciones derivadas del siniestro como la incapacidad permanente (total o parcial), la incapacidad temporal con compensación diaria, la asistencia sanitaria (gastos médicos y hospitalización, incluidos traslados) e incluso el adelanto de capital en caso de fallecimiento para cubrir gastos inmediatos.
A la hora de contratar un seguro de accidentes, es necesario verificar la póliza para comprobar al detalle las coberturas incluidas, dado que pueden diferir entre diferentes compañías aseguradoras. No obstante, todos los seguros de accidentes ofrecen una indemnización (con una cantidad pactada en póliza) si el asegurado fallece por un accidente, es decir, por una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad de la persona asegurada.
Así, la cobertura por fallecimiento es la principal cobertura de un seguro de accidentes. Si la persona asegurada muere en un accidente, tanto si es de manera inmediata como en determinado período desde el siniestro, los beneficiarios del seguro (habitualmente, la familia, aunque el tomador del seguro puede designar a quien desee) recibirán el capital pactado, que los ayudará a salir adelante en un momento tan difícil.
Para recibir la indemnización de un seguro de accidentes, el desenlace no tiene que ser tan catastrófico. La mayor parte de la gente que se accidenta no fallece, sino que acaba en el hospital, con una discapacidad o simplemente tarda un tiempo en recuperarse. Por eso, los seguros de accidentes también ofrecen protección en estas circunstancias:
Un seguro de accidentes como el de Ges Seguros cubre los accidentes que puedan surgir en la vida personal, familiar y profesional. También aquellos que ocurren fuera del país, en otros continentes o en los medios de transporte.
Por otro lado, los llamados ‘riesgos extraordinarios’, como guerras, actos de terrorismo, caídas de cuerpos siderales, causas de naturaleza extraordinaria (maremotos, volcanes…) u otras circunstancias muy poco habituales, se indemnizan a través del Consorcio de Compensación de Seguros, pero están igualmente cubiertos.
En todos los seguros de accidentes, se excluyen de la cobertura los accidentes provocados de forma premeditada.
Ahora que has descubierto las coberturas de un seguro de accidentes, puedes decidir si esta protección es valiosa para tu familia. Si estás contemplando esta opción, un agente de seguros estará encantado de guiarte a través del proceso, brindándote información personalizada y orientación para tomar la mejor decisión para tu bienestar, y el de los tuyos.