Cuando un establecimiento permanece cerrado por obras, traspaso o baja estacional, un seguro local sin actividad mantiene protegido el inmueble (continente) y, cuando procede, el contenido frente a daños materiales y siniestros frecuentes en estos espacios desocupados. A diferencia de otros seguros pensados para locales abiertos al público, esta solución ofrece una protección especializada. Permite al asegurado declarar el uso real del local (sin explotación) y adaptar las garantías, sublímites y requisitos de seguridad a esta situación específica, evitando así posibles vacíos de cobertura.
Por lo tanto, este seguro cubre el “entretiempo” de un activo comercial, es decir, cuando no hay actividad pero el riesgo sigue existiendo. Es útil para:
1. Incendio, explosión y caída de rayo sobre el inmueble y el contenido asegurado.
2. Daños por agua: roturas de tuberías, fugas y goteras; conviene cerrar llaves de paso que no hagan falta.
3. Daños eléctricos en equipos/instalaciones por sobretensión.
4. Rotura de cristales y rótulos, incluyendo la sustitución y colocación de los mismos.
Estas garantías forman la base de protección cuando el local está vacío y suelen acompañarse de límites y franquicias acordes al riesgo.
1. Daños en accesos (cerraduras, puertas, persianas, escaparates) derivados de un robo o intento de robo.
2. Bienes en el interior (mobiliario, equipos) y, en su caso, efectivo y mercancías en escaparate con límites y requisitos de seguridad (rejas, cierres, caja fuerte, alarma).
3. Extensiones habituales en comercio como clientes/visitantes o transporte de fondos pueden valorarse si mantienes contenido de valor.
1. RC general por daños a terceros.
2. RC inmobiliaria/locativa por daños vinculados al inmueble (p. ej., filtraciones a vecinos o elementos comunes).
3. RC patronal y de productos son modulables cuando exista personal o stock; en “sin actividad” pueden quedar en segundo plano si no hay explotación.
Un seguro de responsabilidad civil evita reclamaciones derivadas de daños causados a terceros aun cuando el local esté cerrado.
1. Cerrajería urgente por pérdida/robo de llaves o inutilización de la cerradura.
2. Servicio de asistencia (electricidad, cristalería, fontanería) con gestión 24/7.
3. Mantenimiento de cierres metálicos (revisión, limpieza, engrase) con periodicidad anual.
4. Bricomercio: ayuda profesional para pequeños trabajos de instalación o adecuación.
Estos servicios son especialmente valiosos cuando el titular no visita con frecuencia el local.
1. Pérdida de explotación (indemniza disminución de negocio o aumento de costes tras siniestro).
2. Pérdida de alquileres si el local se explota en arrendamiento durante la actividad.
Cuando vuelvas a ponerlo en funcionamiento, podrás completar la póliza para añadir estas garantías junto con otras de explotación continua.
Si quieres saber más, te invitamos a leer nuestros artículos ¿Qué seguro contratar para tu negocio si alquilas el local comercial? y ¿Quién debe contratar un seguro para local comercial?
Con Ges Seguros puedes adaptar tu seguro de comercio durante los cierres temporales para centrarte en lo que es imprescindible: daños materiales, robo con daños, responsabilidad civil y una asistencia realmente útil. Al reabrir, puedes volver a ajustar la póliza para añadir pérdida de explotación u otras garantías operativas. De esta forma, pagas solamente lo que necesitas en cada etapa del proceso.
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